Materia Laboral
1. Es el servicio de subcontratación de personal que viola lo establecido en la Ley Federal del Trabajo articulo 15A:
- Tener a todo el personal (operativo y/o administrativo)
- Tener personal subcontratado que realice funciones iguales o similares a las del personal contratado por el patrón.
- Deberá Justificarse por su carácter de especializado. o
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- Cuando la persona pose un conocimientos especiales en una materia determinada.
- Cuando sea la única persona que posea dichos conocimientos en la empresa.
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Materia Fiscal/administrativa
2. También se considera ilegal el outsourcing que incumple con sus obligaciones obrero patronal, dando de alta a los trabajadores con un salario menor al real ante el IMSS, INFONAVIT, SAR, SAT, etc.
3. Por último, se encuentra en ésta misma categoría los Outsourcing que por si solo o junto con un tercer (patrón y/o sindicato y/o otras sociedades) utilicen el esquema de subcontratación para evadir el pago de impuestos, realizar deducciones que de otra forma no se podrían hacer.
¿Consecuencias de tener Outsourcing Ilegal?
En el aspecto laboral (articulo 15A LFT) la empresa que tenga a todo su personal o parte él en el esquema de subcontratación de personal Outsourcing se puede hacer acreedor de una sanción económica que puede alcanzar cantidades superiores a los $500,000.00 pesos de multa.
Por cuanto ve a la materia fiscal y administrativa (punto 2 y 3) las sanciones pueden ser:
1. Económicas: Multas, requerimientos de pagos omitidos, actualizaciones, pagos complementarios, etc.
2. Penal: hasta 20 años de cárcel.
Autor: Lic.Jose Reséndiz
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